Difusión en medios escritos y electrónicos de Julio, 2015

Notas: 
"NPS. En términos del artículo 8, fracción II, de los Lineamientos y Criterios para el cumplimiento de las Obligaciones de Transparencia; ello en virtud de que esta Consejería Jurídica no genera este tipo de información pública, al no manejar presupuesto para estos efectos, y no llevará a cabo la contratación de medios escritos (periódicos, revistas, folletería), medios visuales y gráficos (pintado de bardas, espectaculares), medios electrónicos así como de radio y televisión de conformidad con lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública; siendo, en su caso, la Secretaría de Información y Comunicación del Poder Ejecutivo Estatal, la encargada de llevar a cabo esas funciones, tal y como lo dispone el artículo 30 de la Ley en cita, publicada el veintiocho de septiembre de 2012 en el Periódico Oficial "Tierra y Libertad", número 5030, así como el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Información y Comunicación, publicado en el Periódico Oficial "Tierra y Libertad", el veintitrés de enero del 2013..."