Diciembre, 2013 |
No obstante que ésta variable sí resulta aplicable a ésta Auditoría Superior; a la fecha no hemos podido implementar los costos de reproducción, por una parte porque de manera directa no podemos efectuar los cobros, ya que no forma parte del objeto para el que ha sido creada la entidad; y por la otra, porque ni en la Ley de Ingresos y ni en la Ley General de Hacienda, ambas del Estado de Morelos, se prevén los ingresos por concepto de derechos de servicios prestados por la Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos; por tanto, desde el pasado tres de junio de dos mil once, comenzamos las gestiones con la hasta entonces Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Morelos, hoy Secretaría de Hacienda, a efecto de que en principio nos instruyeran sobre las acciones a seguir; hecho lo anterior, solicitamos integrar diversos conceptos de gastos de reproducción, en la partida de Ampliación y Reducción Automática en el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Morelos de los subsecuentes ejercicios fiscales, y en su caso, instruyeran el esquema de liquidación que resultara aplicable a favor de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado; sin embargo a la fecha no nos han dado respuesta ni hemos podido implementar los costos de reproducción por solicitudes de información. |
Noviembre, 2013 |
No obstante que ésta variable sí resulta aplicable a ésta Auditoría Superior; a la fecha no hemos podido implementar los costos de reproducción, por una parte porque de manera directa no podemos efectuar los cobros, ya que no forma parte del objeto para el que ha sido creada la entidad; y por la otra, porque ni en la Ley de Ingresos y ni en la Ley General de Hacienda, ambas del Estado de Morelos, se prevén los ingresos por concepto de derechos de servicios prestados por la Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos; por tanto, desde el pasado tres de junio de dos mil once, comenzamos las gestiones con la hasta entonces Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Morelos, hoy Secretaría de Hacienda, a efecto de que en principio nos instruyeran sobre las acciones a seguir; hecho lo anterior, solicitamos integrar diversos conceptos de gastos de reproducción, en la partida de Ampliación y Reducción Automática en el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Morelos de los subsecuentes ejercicios fiscales, y en su caso, instruyeran el esquema de liquidación que resultara aplicable a favor de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado; sin embargo a la fecha no nos han dado respuesta no hemos podido implementar los costos de reproducción por solicitudes de información. |
Octubre, 2013 |
No obstante que ésta variable sí resulta aplicable a ésta Auditoría Superior; a la fecha no hemos podido implementar los costos de reproducción, por una parte porque de manera directa no podemos efectuar los cobros, ya que no forma parte del objeto para el que ha sido creada la entidad; y por la otra, porque ni en la Ley de Ingresos y ni en la Ley General de Hacienda, ambas del Estado de Morelos, se prevén los ingresos por concepto de derechos de servicios prestados por la Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos; por tanto, desde el pasado tres de junio de dos mil once, comenzamos las gestiones con la hasta entonces Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Morelos, hoy Secretaría de Hacienda, a efecto de que en principio nos instruyeran sobre las acciones a seguir; hecho lo anterior, solicitamos integrar diversos conceptos de gastos de reproducción, en la partida de Ampliación y Reducción Automática en el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Morelos de los subsecuentes ejercicios fiscales, y en su caso, instruyeran el esquema de liquidación que resultara aplicable a favor de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado; sin embargo a la fecha no nos han dado respuesta ni hemos podido implementar los costos de reproducción por solicitudes de información. |
Septiembre, 2013 |
No obstante que ésta variable sí resulta aplicable a ésta Auditoría Superior; a la fecha no hemos podido implementar los costos de reproducción, por una parte porque de manera directa no podemos efectuar los cobros, ya que no forma parte del objeto para el que ha sido creada la entidad; y por la otra, porque ni en la Ley de Ingresos y ni en la Ley General de Hacienda, ambas del Estado de Morelos, se prevén los ingresos por concepto de derechos de servicios prestados por la Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos; por tanto, desde el pasado tres de junio de dos mil once, comenzamos las gestiones con la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Morelos (ahora Secretaría de Hacienda), a efecto de que en principio nos instruyeran sobre las acciones a seguir; hecho lo anterior, solicitamos integrar diversos conceptos de gastos de reproducción, en la partida de Ampliación y Reducción Automática en el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Morelos de los subsecuentes ejercicios fiscales, y en su caso, instruyeran el esquema de liquidación que resultara aplicable a favor de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado; sin embargo a la fecha no nos han dado respuesta ni hemos podido implementar los costos de reproducción por solicitudes de información. |
Agosto, 2013 |
No obstante que ésta variable sí resulta aplicable a ésta Auditoría Superior; a la fecha no hemos podido implementar los costos de reproducción, por una parte porque de manera directa no podemos efectuar los cobros, ya que no forma parte del objeto para el que ha sido creada la entidad; y por la otra, porque ni en la Ley de Ingresos y ni en la Ley General de Hacienda, ambas del Estado de Morelos, se prevén los ingresos por concepto de derechos de servicios prestados por la Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos; por tanto, desde el pasado tres de junio de dos mil once, comenzamos las gestiones con la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Morelos, a efecto de que en principio nos instruyeran sobre las acciones a seguir; hecho lo anterior, solicitamos integrar diversos conceptos de gastos de reproducción, en la partida de Ampliación y Reducción Automática en el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Morelos de los subsecuentes ejercicios fiscales, y en su caso, instruyeran el esquema de liquidación que resultara aplicable a favor de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado; sin embargo a la fecha no nos han dado respuesta ni hemos podido implementar los costos de reproducción por solicitudes de información. Sirva de referencia a lo anterior, los oficios ASF/1981/2011, ASF/1489/2011, SS/1260-O/2011. |
Julio, 2013 |
No obstante que ésta variable sí resulta aplicable a ésta Auditoría Superior; a la fecha no hemos podido implementar los costos de reproducción, por una parte porque de manera directa no podemos efectuar los cobros, ya que no forma parte del objeto para el que ha sido creada la entidad; y por la otra, porque ni en la Ley de Ingresos y ni en la Ley General de Hacienda, ambas del Estado de Morelos, se prevén los ingresos por concepto de derechos de servicios prestados por la Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos; por tanto, desde el pasado tres de junio de dos mil once, comenzamos las gestiones con la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Morelos, a efecto de que en principio nos instruyeran sobre las acciones a seguir; hecho lo anterior, solicitamos integrar diversos conceptos de gastos de reproducción, en la partida de Ampliación y Reducción Automática en el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Morelos de los subsecuentes ejercicios fiscales, y en su caso, instruyeran el esquema de liquidación que resultara aplicable a favor de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado; sin embargo a la fecha no nos han dado respuesta ni hemos podido implementar los costos de reproducción por solicitudes de información. Sirva de referencia a lo anterior, los oficios ASF/1981/2011, ASF/1489/2011, SS/1260-O/2011. |
Junio, 2013 |
No obstante que ésta variable sí resulta aplicable a ésta Auditoría Superior; a la fecha no hemos podido implementar los costos de reproducción, por una parte porque de manera directa no podemos efectuar los cobros, ya que no forma parte del objeto para el que ha sido creada la entidad; y por la otra, porque ni en la Ley de Ingresos y ni en la Ley General de Hacienda, ambas del Estado de Morelos, se prevén los ingresos por concepto de derechos de servicios prestados por la Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos; por tanto, desde el pasado tres de junio de dos mil once, comenzamos las gestiones con la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Morelos, a efecto de que en principio nos instruyeran sobre las acciones a seguir; hecho lo anterior, solicitamos integrar diversos conceptos de gastos de reproducción, en la partida de Ampliación y Reducción Automática en el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Morelos de los subsecuentes ejercicios fiscales, y en su caso, instruyeran el esquema de liquidación que resultara aplicable a favor de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado; sin embargo a la fecha no nos han dado respuesta ni hemos podido implementar los costos de reproducción por solicitudes de información. Sirva de referencia a lo anterior, los oficios ASF/1981/2011, ASF/1489/2011, SS/1260-O/2011. |
Junio, 2013 |
No obstante que ésta variable sí resulta aplicable a ésta Auditoría Superior; a la fecha no hemos podido implementar los costos de reproducción, por una parte porque de manera directa no podemos efectuar los cobros, ya que no forma parte del objeto para el que ha sido creada la entidad; y por la otra, porque ni en la Ley de Ingresos y ni en la Ley General de Hacienda, ambas del Estado de Morelos, se prevén los ingresos por concepto de derechos de servicios prestados por la Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos; por tanto, desde el pasado tres de junio de dos mil once, comenzamos las gestiones con la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Morelos, a efecto de que en principio nos instruyeran sobre las acciones a seguir; hecho lo anterior, solicitamos integrar diversos conceptos de gastos de reproducción, en la partida de Ampliación y Reducción Automática en el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Morelos de los subsecuentes ejercicios fiscales, y en su caso, instruyeran el esquema de liquidación que resultara aplicable a favor de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado; sin embargo a la fecha no nos han dado respuesta ni hemos podido implementar los costos de reproducción por solicitudes de información. Sirva de referencia a lo anterior, los oficios ASF/1981/2011, ASF/1489/2011, SS/1260-O/2011. |
Mayo, 2013 |
No obstante que ésta variable sí resulta aplicable a ésta Auditoría Superior; a la fecha no hemos podido implementar los costos de reproducción, por una parte porque de manera directa no podemos efectuar los cobros, ya que no forma parte del objeto para el que ha sido creada la entidad; y por la otra, porque ni en la Ley de Ingresos y ni en la Ley General de Hacienda, ambas del Estado de Morelos, se prevén los ingresos por concepto de derechos de servicios prestados por la Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos; por tanto, desde el pasado tres de junio de dos mil once, comenzamos las gestiones con la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Morelos, a efecto de que en principio nos instruyeran sobre las acciones a seguir; hecho lo anterior, solicitamos integrar diversos conceptos de gastos de reproducción, en la partida de Ampliación y Reducción Automática en el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Morelos de los subsecuentes ejercicios fiscales, y en su caso, instruyeran el esquema de liquidación que resultara aplicable a favor de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado; sin embargo a la fecha no nos han dado respuesta ni hemos podido implementar los costos de reproducción por solicitudes de información. Sirva de referencia a lo anterior, los oficios ASF/1981/2011, ASF/1489/2011, SS/1260-O/2011. |
Abril, 2013 |
No obstante que ésta variable sí resulta aplicable a ésta Auditoría Superior; a la fecha no hemos podido implementar los costos de reproducción, por una parte porque de manera directa no podemos efectuar los cobros, ya que no forma parte del objeto para el que ha sido creada la entidad; y por la otra, porque ni en la Ley de Ingresos y ni en la Ley General de Hacienda, ambas del Estado de Morelos, se prevén los ingresos por concepto de derechos de servicios prestados por la Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos; por tanto, desde el pasado tres de junio de dos mil once, comenzamos las gestiones con la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Morelos, a efecto de que en principio nos instruyeran sobre las acciones a seguir; hecho lo anterior, solicitamos integrar diversos conceptos de gastos de reproducción, en la partida de Ampliación y Reducción Automática en el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Morelos de los subsecuentes ejercicios fiscales, y en su caso, instruyeran el esquema de liquidación que resultara aplicable a favor de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado; sin embargo a la fecha no nos han dado respuesta ni hemos podido implementar los costos de reproducción por solicitudes de información. Sirva de referencia a lo anterior, los oficios ASF/1981/2011, ASF/1489/2011, SS/1260-O/2011. |
Marzo, 2013 |
No obstante que ésta variable sí resulta aplicable a ésta Auditoría Superior; a la fecha no hemos podido implementar los costos de reproducción, por una parte porque de manera directa no podemos efectuar los cobros, ya que no forma parte del objeto para el que ha sido creada la entidad; y por la otra, porque ni en la Ley de Ingresos y ni en la Ley General de Hacienda, ambas del Estado de Morelos, se prevén los ingresos por concepto de derechos de servicios prestados por la Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos; por tanto, desde el pasado tres de junio de dos mil once, comenzamos las gestiones con la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Morelos, a efecto de que en principio nos instruyeran sobre las acciones a seguir; hecho lo anterior, solicitamos integrar diversos conceptos de gastos de reproducción, en la partida de Ampliación y Reducción Automática en el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Morelos de los subsecuentes ejercicios fiscales, y en su caso, instruyeran el esquema de liquidación que resultara aplicable a favor de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado; sin embargo a la fecha no nos han dado respuesta ni hemos podido implementar los costos de reproducción por solicitudes de información. Sirva de referencia a lo anterior, los oficios ASF/1981/2011, ASF/1489/2011, SS/1260-O/2011. |
Febrero, 2013 |
No obstante que ésta variable sí resulta aplicable a ésta Auditoría Superior; a la fecha no hemos podido implementar los costos de reproducción, por una parte porque de manera directa no podemos efectuar los cobros, ya que no forma parte del objeto para el que ha sido creada la entidad; y por la otra, porque ni en la Ley de Ingresos y ni en la Ley General de Hacienda, ambas del Estado de Morelos, se prevén los ingresos por concepto de derechos de servicios prestados por la Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos; por tanto, desde el pasado tres de junio de dos mil once, comenzamos las gestiones con la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Morelos, a efecto de que en principio nos instruyeran sobre las acciones a seguir; hecho lo anterior, solicitamos integrar diversos conceptos de gastos de reproducción, en la partida de Ampliación y Reducción Automática en el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Morelos de los subsecuentes ejercicios fiscales, y en su caso, instruyeran el esquema de liquidación que resultara aplicable a favor de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado; sin embargo a la fecha no nos han dado respuesta ni hemos podido implementar los costos de reproducción por solicitudes de información. Sirva de referencia a lo anterior, los oficios ASF/1981/2011, ASF/1489/2011, SS/1260-O/2011. |
Enero, 2013 |
No obstante que ésta variable sí resulta aplicable a ésta Auditoría Superior; a la fecha no hemos podido implementar los costos de reproducción, por una parte porque de manera directa no podemos efectuar los cobros, ya que no forma parte del objeto para el que ha sido creada la entidad; y por la otra, porque ni en la Ley de Ingresos y ni en la Ley General de Hacienda, ambas del Estado de Morelos, se prevén los ingresos por concepto de derechos de servicios prestados por la Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos; por tanto, desde el pasado tres de junio de dos mil once, comenzamos las gestiones con la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Morelos, a efecto de que en principio nos instruyeran sobre las acciones a seguir; hecho lo anterior, solicitamos integrar diversos conceptos de gastos de reproducción, en la partida de Ampliación y Reducción Automática en el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Morelos de los subsecuentes ejercicios fiscales, y en su caso, instruyeran el esquema de liquidación que resultara aplicable a favor de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Congreso del Estado; sin embargo a la fecha no nos han dado respuesta ni hemos podido implementar los costos de reproducción por solicitudes de información. Sirva de referencia a lo anterior, los oficios ASF/1981/2011, ASF/1489/2011, SS/1260-O/2011. |