Diciembre, 2014 |
La Secretaría del Trabajo no esta facultada para recaudar cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras. En materia de acceso a la información pública, la reproducción o copiado de la información requiere el pago previo de derechos conforme al tabulador establecido en el art. 109 de la Ley General de Hacienda, los cuales son pagados en las instancias correspondientes. |
Noviembre, 2014 |
La Secretaría del Trabajo no esta facultada para recaudar cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras. En materia de acceso a la información pública, la reproducción o copiado de la información requiere el pago previo de derechos conforme al tabulador establecido en el art. 109 de la Ley General de Hacienda, los cuales son pagados en las instancias correspondientes. |
Octubre, 2014 |
La Secretaría del Trabajo no esta facultada para recaudar cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras. En materia de acceso a la información pública, la reproducción o copiado de la información requiere el pago previo de derechos conforme al tabulador establecido en el art. 109 de la Ley General de Hacienda, los cuales son pagados en las instancias correspondientes. |
Septiembre, 2014 |
La Secretaría del Trabajo no esta facultada para recaudar cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras. En materia de acceso a la información pública, la reproducción o copiado de la información requiere el pago previo de derechos conforme al tabulador establecido en el art. 109 de la Ley General de Hacienda, los cuales son pagados en las instancias correspondientes. |
Agosto, 2014 |
La Secretaría del Trabajo no esta facultada para recaudar cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras. En materia de acceso a la información pública, la reproducción o copiado de la información requiere el pago previo de derechos conforme al tabulador establecido en el art. 109 de la Ley General de Hacienda, los cuales son pagados en las instancias correspondientes. |
Julio, 2014 |
La Secretaría del Trabajo no esta facultada para recaudar cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras. En materia de acceso a la información pública, la reproducción o copiado de la información requiere el pago previo de derechos conforme al tabulador establecido en el art. 109 de la Ley General de Hacienda, los cuales son pagados en las instancias correspondientes. |
Junio, 2014 |
La Secretaría del Trabajo no esta facultada para recaudar cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras. En materia de acceso a la información pública, la reproducción o copiado de la información requiere el pago previo de derechos conforme al tabulador establecido en el art. 109 de la Ley General de Hacienda, los cuales son pagados en las instancias correspondientes. |
Mayo, 2014 |
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Abril, 2014 |
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Marzo, 2014 |
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Febrero, 2014 |
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Enero, 2014 |
La Secretaría del Trabajo no esta facultada para recaudar cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras. En materia de acceso a la información pública, la reproducción o copiado de la información requiere el pago previo de derechos conforme al tabulador establecido en el art. 109 de la Ley General de Hacienda, los cuales son pagados en las instancias correspondientes. |