OTI3. Criterios para la creación, fusión, modificación o extinción de sus principales unidades administrativas
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Notas: Conforme a lo dispuesto en el artículo 38 fracción XLV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Morelos, el Ayuntamiento de Atlatlahucan Morelos está facultado, para crear o suprimir las diferentes Direcciones o Departamentos que se requieran para su mejor desempeño de la Administración Pública Municipal, tomando en cuenta las posibilidades del erario., así también en el articulo 41 fracción XXVIII el presidente municipal esta facultado para vigilar que se integren y funcionen en forma legal las dependencias,unidades administrativas y organismos desconcentrados y fideicomisos que formen parte de la infraestructura administrativa.