Diciembre, 2016 |
Resguardo de la información: Dirección de Administración, Oficina Sede, Hermenegildo Galeana # 39 , Col. Acapantzingo, Cuernavaca, Mor. , Archivo y resguardo a cargo del Lic. Salvador Aguilar Rea De acuerdo con lo que establecen los artículos 3, 6 y 8 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, las funciones de dicha Comisión están encaminadas a la observancia, promoción, estudio, divulgación y protección de los Derechos Humanos, así como la consolidación de una cultura de reconocimiento y respeto a los derechos humanos y fundamentales contenidos en el orden jurídico mexicano; en las garantías individuales y sociales establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de aquellos contenidos en instrumentos jurídicos internacionales que habiendo sido suscritos y ratificados por el Estado Mexicano son reconocidos y asegurados en los términos del artículo 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, así como la recepción de quejas y emisión de recomendaciones derivadas de las violaciones a los mencionados derechos, por lo que esta entidad pública no emite sentencias de ningún tipo. :::: No existieron laudos durante este mes en los que este organismo forme parte |
Diciembre, 2016 |
Resguardo de la información: Dirección de Administración, Oficina Sede, Hermenegildo Galeana # 39 , Col. Acapantzingo, Cuernavaca, Mor. , Archivo y resguardo a cargo del Lic. Salvador Aguilar Rea De acuerdo con lo que establecen los artículos 3, 6 y 8 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, las funciones de dicha Comisión están encaminadas a la observancia, promoción, estudio, divulgación y protección de los Derechos Humanos, así como la consolidación de una cultura de reconocimiento y respeto a los derechos humanos y fundamentales contenidos en el orden jurídico mexicano; en las garantías individuales y sociales establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de aquellos contenidos en instrumentos jurídicos internacionales que habiendo sido suscritos y ratificados por el Estado Mexicano son reconocidos y asegurados en los términos del artículo 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, así como la recepción de quejas y emisión de recomendaciones derivadas de las violaciones a los mencionados derechos, por lo que esta entidad pública no emite sentencias de ningún tipo. :::: No existieron laudos durante este mes en los que este organismo forme parte. |
Noviembre, 2016 |
Resguardo de la información: Dirección de Administración, Oficina Sede, Hermenegildo Galeana # 39 , Col. Acapantzingo, Cuernavaca, Mor. , Archivo y resguardo a cargo del Lic. Salvador Aguilar Rea De acuerdo con lo que establecen los artículos 3, 6 y 8 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, las funciones de dicha Comisión están encaminadas a la observancia, promoción, estudio, divulgación y protección de los Derechos Humanos, así como la consolidación de una cultura de reconocimiento y respeto a los derechos humanos y fundamentales contenidos en el orden jurídico mexicano; en las garantías individuales y sociales establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de aquellos contenidos en instrumentos jurídicos internacionales que habiendo sido suscritos y ratificados por el Estado Mexicano son reconocidos y asegurados en los términos del artículo 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, así como la recepción de quejas y emisión de recomendaciones derivadas de las violaciones a los mencionados derechos, por lo que esta entidad pública no emite sentencias de ningún tipo. :::: No existieron laudos durante este mes en los que este organismo forme parte |
Octubre, 2016 |
Resguardo de la información: Dirección de Administración, Oficina Sede, Hermenegildo Galeana # 39 , Col. Acapantzingo, Cuernavaca, Mor. , Archivo y resguardo a cargo del Lic. Salvador Aguilar Rea De acuerdo con lo que establecen los artículos 3, 6 y 8 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, las funciones de dicha Comisión están encaminadas a la observancia, promoción, estudio, divulgación y protección de los Derechos Humanos, así como la consolidación de una cultura de reconocimiento y respeto a los derechos humanos y fundamentales contenidos en el orden jurídico mexicano; en las garantías individuales y sociales establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de aquellos contenidos en instrumentos jurídicos internacionales que habiendo sido suscritos y ratificados por el Estado Mexicano son reconocidos y asegurados en los términos del artículo 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, así como la recepción de quejas y emisión de recomendaciones derivadas de las violaciones a los mencionados derechos, por lo que esta entidad pública no emite sentencias de ningún tipo. :::: No existieron laudos durante este mes en los que este organismo forme parte. |
Septiembre, 2016 |
Resguardo de la información: Dirección de Administración, Oficina Sede, Hermenegildo Galeana # 39 , Col. Acapantzingo, Cuernavaca, Mor. , Archivo y resguardo a cargo del Lic. Salvador Aguilar Rea De acuerdo con lo que establecen los artículos 3, 6 y 8 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, las funciones de dicha Comisión están encaminadas a la observancia, promoción, estudio, divulgación y protección de los Derechos Humanos, así como la consolidación de una cultura de reconocimiento y respeto a los derechos humanos y fundamentales contenidos en el orden jurídico mexicano; en las garantías individuales y sociales establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de aquellos contenidos en instrumentos jurídicos internacionales que habiendo sido suscritos y ratificados por el Estado Mexicano son reconocidos y asegurados en los términos del artículo 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, así como la recepción de quejas y emisión de recomendaciones derivadas de las violaciones a los mencionados derechos, por lo que esta entidad pública no emite sentencias de ningún tipo. :::: No existieron laudos durante este mes en los que este organismo forme parte |
Agosto, 2016 |
Resguardo de la información: Dirección de Administración, Oficina Sede, Hermenegildo Galeana # 39 , Col. Acapantzingo, Cuernavaca, Mor. , Archivo y resguardo a cargo del Lic. Salvador Aguilar Rea
De acuerdo con lo que establecen los artículos 3, 6 y 8 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, las funciones de dicha Comisión están encaminadas a la observancia, promoción, estudio, divulgación y protección de los Derechos Humanos, así como la consolidación de una cultura de reconocimiento y respeto a los derechos humanos y fundamentales contenidos en el orden jurídico mexicano; en las garantías individuales y sociales establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de aquellos contenidos en instrumentos jurídicos internacionales que habiendo sido suscritos y ratificados por el Estado Mexicano son reconocidos y asegurados en los términos del artículo 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, así como la recepción de quejas y emisión de recomendaciones derivadas de las violaciones a los mencionados derechos, por lo que esta entidad pública no emite sentencias de ningún tipo. :::: No existieron laudos durante este mes en los que este organismo forme parte |
Julio, 2016 |
Resguardo de la información: Dirección de Administración, Oficina Sede, Hermenegildo Galeana # 39 , Col. Acapantzingo, Cuernavaca, Mor. , Archivo y resguardo a cargo del Lic. Salvador Aguilar Rea
De acuerdo con lo que establecen los artículos 3, 6 y 8 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, las funciones de dicha Comisión están encaminadas a la observancia, promoción, estudio, divulgación y protección de los Derechos Humanos, así como la consolidación de una cultura de reconocimiento y respeto a los derechos humanos y fundamentales contenidos en el orden jurídico mexicano; en las garantías individuales y sociales establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de aquellos contenidos en instrumentos jurídicos internacionales que habiendo sido suscritos y ratificados por el Estado Mexicano son reconocidos y asegurados en los términos del artículo 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, así como la recepción de quejas y emisión de recomendaciones derivadas de las violaciones a los mencionados derechos, por lo que esta entidad pública no emite sentencias de ningún tipo. :::: No existieron laudos durante este mes en los que este organismo forme parte |
Junio, 2016 |
Resguardo de la información: Dirección de Administración, Oficina Sede, Hermenegildo Galeana # 39 , Col. Acapantzingo, Cuernavaca, Mor. , Archivo y resguardo a cargo del Lic. Salvador Aguilar Rea De acuerdo con lo que establecen los artículos 3, 6 y 8 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, las funciones de dicha Comisión están encaminadas a la observancia, promoción, estudio, divulgación y protección de los Derechos Humanos, así como la consolidación de una cultura de reconocimiento y respeto a los derechos humanos y fundamentales contenidos en el orden jurídico mexicano; en las garantías individuales y sociales establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de aquellos contenidos en instrumentos jurídicos internacionales que habiendo sido suscritos y ratificados por el Estado Mexicano son reconocidos y asegurados en los términos del artículo 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, así como la recepción de quejas y emisión de recomendaciones derivadas de las violaciones a los mencionados derechos, por lo que esta entidad pública no emite sentencias de ningún tipo. :::: No existieron laudos durante este mes en los que este organismo forme parte |
Mayo, 2016 |
Resguardo de la información: Dirección de Administración, Oficina Sede, Hermenegildo Galeana # 39 , Col. Acapantzingo, Cuernavaca, Mor. , Archivo y resguardo a cargo del Lic. Salvador Aguilar Rea De acuerdo con lo que establecen los artículos 3, 6 y 8 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, las funciones de dicha Comisión están encaminadas a la observancia, promoción, estudio, divulgación y protección de los Derechos Humanos, así como la consolidación de una cultura de reconocimiento y respeto a los derechos humanos y fundamentales contenidos en el orden jurídico mexicano; en las garantías individuales y sociales establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de aquellos contenidos en instrumentos jurídicos internacionales que habiendo sido suscritos y ratificados por el Estado Mexicano son reconocidos y asegurados en los términos del artículo 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, así como la recepción de quejas y emisión de recomendaciones derivadas de las violaciones a los mencionados derechos, por lo que esta entidad pública no emite sentencias de ningún tipo. :::: No existieron laudos durante este mes en los que este organismo forme parte |
Abril, 2016 |
Resguardo de la información: Dirección de Administración, Oficina Sede, Hermenegildo Galeana # 39 , Col. Acapantzingo, Cuernavaca, Mor. , Archivo y resguardo a cargo del Lic. Salvador Aguilar Rea De acuerdo con lo que establecen los artículos 3, 6 y 8 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, las funciones de dicha Comisión están encaminadas a la observancia, promoción, estudio, divulgación y protección de los Derechos Humanos, así como la consolidación de una cultura de reconocimiento y respeto a los derechos humanos y fundamentales contenidos en el orden jurídico mexicano; en las garantías individuales y sociales establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de aquellos contenidos en instrumentos jurídicos internacionales que habiendo sido suscritos y ratificados por el Estado Mexicano son reconocidos y asegurados en los términos del artículo 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, así como la recepción de quejas y emisión de recomendaciones derivadas de las violaciones a los mencionados derechos, por lo que esta entidad pública no emite sentencias de ningún tipo. :::: No existieron laudos durante este mes en los que este organismo forme parte |
Marzo, 2016 |
Resguardo de la información: Dirección de Administración, Oficina Sede, Hermenegildo Galeana # 39 , Col. Acapantzingo, Cuernavaca, Mor. , Archivo y resguardo a cargo del Lic. Salvador Aguilar Rea De acuerdo con lo que establecen los artículos 3, 6 y 8 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, las funciones de dicha Comisión están encaminadas a la observancia, promoción, estudio, divulgación y protección de los Derechos Humanos, así como la consolidación de una cultura de reconocimiento y respeto a los derechos humanos y fundamentales contenidos en el orden jurídico mexicano; en las garantías individuales y sociales establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de aquellos contenidos en instrumentos jurídicos internacionales que habiendo sido suscritos y ratificados por el Estado Mexicano son reconocidos y asegurados en los términos del artículo 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, así como la recepción de quejas y emisión de recomendaciones derivadas de las violaciones a los mencionados derechos, por lo que esta entidad pública no emite sentencias de ningún tipo. :::: No existieron laudos durante este mes en los que este organismo forme parte |
Marzo, 2016 |
Resguardo de la información: Subdirección de Recursos Humanos, Oficina Sede, Hermenegildo Galeana # 39 , Col. Acapantzingo, Cuernavaca, Mor. , Archivo y resguardo a cargo de la C. Rita Marcela Vargas Flores De acuerdo con lo que establecen los artículos 3, 6 y 8 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, las funciones de dicha Comisión están encaminadas a la observancia, promoción, estudio, divulgación y protección de los Derechos Humanos, así como la consolidación de una cultura de reconocimiento y respeto a los derechos humanos y fundamentales contenidos en el orden jurídico mexicano; en las garantías individuales y sociales establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de aquellos contenidos en instrumentos jurídicos internacionales que habiendo sido suscritos y ratificados por el Estado Mexicano son reconocidos y asegurados en los términos del artículo 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, así como la recepción de quejas y emisión de recomendaciones derivadas de las violaciones a los mencionados derechos, por lo que esta entidad pública no emite sentencias de ningún tipo. :::: No existieron laudos durante este mes en los que este organismo forme parte |
Marzo, 2016 |
Resguardo de la información: Dirección de Administración, Oficina Sede, Hermenegildo Galeana # 39 , Col. Acapantzingo, Cuernavaca, Mor. , Archivo y resguardo a cargo del Lic. Salvador Aguilar Rea De acuerdo con lo que establecen los artículos 3, 6 y 8 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, las funciones de dicha Comisión están encaminadas a la observancia, promoción, estudio, divulgación y protección de los Derechos Humanos, así como la consolidación de una cultura de reconocimiento y respeto a los derechos humanos y fundamentales contenidos en el orden jurídico mexicano; en las garantías individuales y sociales establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de aquellos contenidos en instrumentos jurídicos internacionales que habiendo sido suscritos y ratificados por el Estado Mexicano son reconocidos y asegurados en los términos del artículo 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, así como la recepción de quejas y emisión de recomendaciones derivadas de las violaciones a los mencionados derechos, por lo que esta entidad pública no emite sentencias de ningún tipo. :::: No existieron laudos durante este mes en los que este organismo forme parte |
Febrero, 2016 |
Resguardo de la información: Subdirección de Recursos Humanos, Oficina Sede, Hermenegildo Galeana # 39 , Col. Acapantzingo, Cuernavaca, Mor. , Archivo y resguardo a cargo de la C. Rita Marcela Vargas Flores De acuerdo con lo que establecen los artículos 3, 6 y 8 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, las funciones de dicha Comisión están encaminadas a la observancia, promoción, estudio, divulgación y protección de los Derechos Humanos, así como la consolidación de una cultura de reconocimiento y respeto a los derechos humanos y fundamentales contenidos en el orden jurídico mexicano; en las garantías individuales y sociales establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de aquellos contenidos en instrumentos jurídicos internacionales que habiendo sido suscritos y ratificados por el Estado Mexicano son reconocidos y asegurados en los términos del artículo 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, así como la recepción de quejas y emisión de recomendaciones derivadas de las violaciones a los mencionados derechos, por lo que esta entidad pública no emite sentencias de ningún tipo. :::: No existieron laudos durante este mes en los que este organismo forme parte |
Enero, 2016 |
Resguardo de la información: Subdirección de Recursos Humanos, Oficina Sede, Hermenegildo Galeana # 39 , Col. Acapantzingo, Cuernavaca, Mor. , Archivo y resguardo a cargo de la C. Rita Marcela Vargas Flores De acuerdo con lo que establecen los artículos 3, 6 y 8 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, las funciones de dicha Comisión están encaminadas a la observancia, promoción, estudio, divulgación y protección de los Derechos Humanos, así como la consolidación de una cultura de reconocimiento y respeto a los derechos humanos y fundamentales contenidos en el orden jurídico mexicano; en las garantías individuales y sociales establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de aquellos contenidos en instrumentos jurídicos internacionales que habiendo sido suscritos y ratificados por el Estado Mexicano son reconocidos y asegurados en los términos del artículo 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, así como la recepción de quejas y emisión de recomendaciones derivadas de las violaciones a los mencionados derechos, por lo que esta entidad pública no emite sentencias de ningún tipo. :::: No existieron laudos durante este mes en los que este organismo forme parte |